El gobierno nacional publicó hoy en el Boletín Oficial el Decreto 340/2025, que, a todas luces, se parece mucho a un Decreto Ómnibus porque modifica 4 Leyes madres: 19.492/1944 – 20.094/1973 – 27.418/2017 y 27.419/2017. No es correcto decir que se desregulariza, porque eso ya se hizo, aún están vigentes el Decreto 817/1992 y la Ley 24.093/1992. Opino que es una apertura total de nuestro litoral fluviomarítimo, apelando a medidas típicas del siglo XX; los párrafos 14° y 30° de los considerandos de la norma publicada hoy, son muy claros en ese sentido.

Párrafo 14°: “Que, en virtud de lo expuesto, y dada la situación de emergencia que atraviesa el sector armador nacional, deviene necesario adoptar medidas de carácter excepcional que importen la apertura inmediata de la actividad bajo estándares internacionales que persigan el desarrollo económico de la Nación y eliminen las asimetrías que hoy debe afrontar la Marina Mercante Nacional, y todo ello sin alterar la soberanía de nuestro sistema de navegación fluvial y marítimo.”
Párrafo 30°: “Que frente a la situación crítica que enfrentaba la Marina Mercante Nacional se dictó el Decreto N° 1772/91 -el cual luego fue derogado por el Decreto N° 1010/04- que consagró, de manera similar a lo realizado por otros países en el mercado de fletes, un régimen que permitía que los buques con matrícula nacional se puedan inscribir en registros extranjeros sin la necesidad de perder su estatus de bandera argentina.”
Abrir el cabotaje nacional de nuestros 2.976 kilómetros de litoral fluvial navegable y 4.725 kilómetros de litoral marítimo Atlántico, no solo terminará lo poco que queda de la Marina Mercante Nacional y afectará negativamente el desarrollo de la Industria Naval Argentina, sino que la norma se dicta en un momento extemporal, en un escenario global de concentración total del mercado del flete. La guerra comercial entre las dos superpotencias está cambiando la forma de comerciar y transportar las mercancías y los países centrales buscan fortalecer sus flotas mercantes e industria naval, fomentando medidas que acerquen la navegación comercial a sus costas y lo que producen se exporte por sus puertos.
A partir de febrero, solo tres alianzas navieras, integradas por 9 empresas, controlan las rutas comerciales del mundo y representan el 87% del comercio internacional: Gemini Cooperation (Maersk y Hapag-Lloyd) – Premier Alliance (ONE, HMM y Yang Ming) – Ocean Alliance (CMA CGM, COSCO -OOCL y Evergreen) y MSC hará acuerdos programáticos estacionales con la naviera Israelí ZIM.

El mundo demanda energía, alimentación, producción tecnológica y medicinal, productos y capacidades industriales que Argentina posee. Pero si acudimos a leyes del siglo XX, probadamente ineficientes, difícilmente logremos crecimiento y desarrollo.
Argentina debería legislar, con visión sustentable y sostenible de sus recursos, creatividad en las negociaciones con los mercados internacionales que permitan posicionar mejor nuestra producción e industria. El Decreto 340/2025, no parece la vía indicada. Es aconsejable que el Congreso incluya seguimiento y evaluaciones temporales de la norma, para poder adaptarla a los cambios disruptivos y permanentes del comercio global.
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