A través de la Resolución 554/2026 del Ministerio de Seguridad Nacional, publicada el día de la fecha, el gobierno ratifica los aportes que deberán pagar los afiliados de la Obra Social de las Fuerzas Federales de Seguridad (OSFFESEG), y pone en marcha aspectos operativos de la nueva obra social del personal de seguridad. Mediante la disposición, la ministra de Seguridad Nacional, Alejandra Monteoliva, aprueba y ratifica las decisiones aprobadas por el Directorio de OSFFESEG sobre aportes y estructura organizativa.
En primer lugar, la medida ratifica los aportes que deberán pagar los afiliados de la nueva obra social, tanto los obligatorios como aquellos que son voluntarios. El Directorio de la obra social había definido dichos aportes, que resultan ser más altos que los de muchas obras sociales del país, según informes recientes. Ahora, la ministra Monteoliva los aprueba y ratifica formalmente para su puesta en marcha. Según el anexo adjunto a la resolución, los afiliados obligatorios aportarán el 7% de sus haberes, más un 1% adicional por el grupo familiar primario; mientras que los afiliados voluntarios aportarán el 8% del bruto de los retiros o pensiones, más un 1% adicional por el grupo familiar primario. La resolución, firmada por Monteoliva, ordena a los organismos involucrados a implementar, de manera inmediata, lo resuelto respecto a los aportes de los afiliados.

En paralelo, la Resolución 554/2026 aprueba y ratifica la propuesta de estructura organizativa para la obra social de las Fuerzas Federales de Seguridad, que ya funciona para el personal en actividad de la Gendarmería Nacional Argentina (GNA) y la Prefectura Naval Argentina (PNA), como así también para los retirados, pensionados y grupos familiares. En este sentido, Monteoliva aprobó la organización interna de la entidad prestacional, que deberá ser elevada y aprobada por el Poder Ejecutivo para obtener la aprobación definitiva. Según lo que indica el anexo, el organismo estará conformado por una Gerencia de Asuntos Jurídicos, una Gerencia de Administración y Finanzas, una Gerencia Médica, una Gerencia de Gestión de Atención al Beneficiario y Calidad, una Subgerencia de Sistemas y Bases de Datos y una Unidad de Auditoría Interna.
A su vez, se fijan los salarios y sueldos para los cargos jerárquicos y la fórmula salarial para gerentes y subgerentes. Para los primeros, su salario será el 65% de la remuneración del Presidente del Directorio, mientras que para los segundos será del 50% de la remuneración de este. Sin embargo, la medida no indica cuánto cobrará el Presidente del Directorio, por lo que no resulta posible calcular el monto final con la información disponible. En la disposición también se aprobó el Programa Médico de OSFFESEG. Sin embargo, el anexo adjunto no describe las prestaciones, sino que simplemente aprueba el programa presentado en la contratación previa. De esta manera, la obra social ya queda habilitada para empezar a funcionar con cobertura médica definida, bajo las prestaciones de Medicus, que fue quien ganó la adjudicación como prepaga médica.
La disposición del Ministerio de Seguridad Nacional formaliza y ratifica cuestiones operativas de funcionamiento de la obra social del personal de seguridad, acorde al Decreto 88/2026, a través del cual se creó OSFFESEG y se determinaron los requisitos de funcionamiento, entre los que se encuentran la conformación de un directorio –ya oficializado y formalizado, como se adelantó–, una cobertura médica –en marcha, a manos de Medicus–, un programa médico, una estructura administrativa y un esquema de financiamiento, a través de los aportes de los afiliados, que comenzaron a regir desde el 1 de junio de 2026, según indica el texto oficial de la Resolución 554/2026.

¿Qué cambia para el afiliado?
En términos prácticos, resulta relevante preguntarse ¿qué cambia para el afiliado a partir de esta resolución? Desde el mes en curso, OSFFESEG ha comenzado a funcionar formalmente, ya que ha sido puesta en marcha operativa a comienzos de junio. Ahora, además, tiene su programa médico aprobado y se han ratificado los aportes obligatorios para todos los afiliados, que habían sido aprobados por el Directorio y comenzaron a regir, a partir del 1 de junio, contemplando los casos con grupos familiares primarios.
Ahora, con la Resolución 554/2026, los aportes han sido ratificados por la ministra de Seguridad Nacional, como así también se ha aprobado la estructura administrativa proyectada para la obra social. A partir de ahora, las fuerzas –entiéndase GNA y PNA– y organismos vinculados han sido instruidos para comenzar a efectuar las retenciones correspondientes, de manera inmediata, a partir del esquema de aportes establecido y definido. De esta manera, OSFFESEG avanza, cada vez más, en su puesta en marcha y funcionamiento definitivo.
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