A lo largo de la semana pasada, una multiplicidad de diputados de diversos partidos políticos han presentado proyectos de ley para que el Gobierno nacional derogue el Decreto 383/2025 del Poder Ejecutivo Nacional, donde se aprueba una modificación del estatuto de la Policía Federal Argentina (PFA). Entre los principales argumentos, los legisladores sostienen que es contrario a lo establecido en los artículos 18, 19, 29, 75 inciso 22, 76 y 99 inciso 3 de la Constitución Nacional.

Si bien los proyectos de ley tienen diversos enfoques políticos, debido a la idoneidad de cada partido político, la finalidad del pedido es el mismo: el decreto anunciado por Javier Milei y la titular de Seguridad Nacional, Patricia Bullrich, amplía facultades represivas sin control judicial y viola derechos fundamentales. La reforma de la Policía Federal es considerada inconstitucional para los diputados, por lo que el decreto del Poder Ejecutivo debe ser anulado por exceder las facultades delegadas por la Ley 27.742, más conocida como “Ley Bases”.
¿Qué propone el Decreto 383/2025?
La normativa impulsada por el Ejecutivo establece una nueva estructura organizativa de la PFA, dividiéndola en dos grandes departamentos: Investigaciones y Coordinación. Entre sus cambios más controvertidos, otorga mayor protagonismo a la inteligencia criminal, con acceso a datos de redes sociales y fuentes privadas, el ciberpatrullaje, sin orden judicial ni supervisión externa, y las requisas y detenciones preventivas bajo conceptos ambiguos como “seguridad del Estado” o “alteración del orden público”.
El nuevo Estatuto de la PFA enfatiza en la necesidad de actualizar las misiones de la fuerza, modificar su estructura, cambiar y reorientar su sistema de recursos humanos, e iniciar un proceso de fortalecimiento de sus capacidades. Como ya fue mencionado, su misión principal se enfocará en la prevención, detección e investigación de delitos federales y la desarticulación de organizaciones criminales.

En paralelo, postula la necesidad de actualizar los perfiles y escalafones del personal policial para garantizar mayor especialización en tareas investigativas, y se creará el Programa Presupuestario “Modernización de la Policía Federal Argentina”. Este último busca destinar fondos específicos para la adquisición de tecnología y bienes de uso, con el objetivo de mejorar los procesos de investigación y fortalecer la coordinación con el Poder Judicial y el Ministerio Público Fiscal.
En este contexto, también fue presentado por el Gobierno nacional el nuevo Departamento Federal de Investigaciones (DFI), también llamado “el FBI argentino”. Técnicamente, se encargará de los delitos federales más complejos. Las modificaciones se basan en dos modelos internacionales: por un lado, en el Buró Federal de Investigaciones de los Estados Unidos (FBI), y por el otro, en la Policía Federal de Brasil.
Principales críticas a la medida del Gobierno nacional
Tanto el establecimiento del nuevo Estatuto de la PFA como el impulso del “FBI argentino” fueron ampliamente criticados, tanto interna como externamente, por tener inconsistencias a nivel jurídico y normativo. El decreto encendió alarmas y derivó en un creciente malestar dentro de la propia fuerza.
Uno de los puntos más sensibles del nuevo Estatuto es la habilitación a la PFA para realizar detenciones y requisas sin orden judicial ante “presunción fundada” de delito. Esta cláusula podría violar el principio de legalidad y el derecho a la defensa consagrados en la Constitución Nacional. A su vez, la posibilidad de que la policía actúe con autonomía frente al Poder Judicial —iniciando investigaciones, allanamientos y recolección de pruebas— desdibuja la línea divisoria entre funciones policiales y judiciales.

Entre los fundamentos de los proyectos legislativos se encuentran, a grandes rasgos, las mismas críticas. Entre ellas, la violación de derechos constitucionales como la privacidad, la libertad de expresión y el derecho al debido proceso; la introducción de medidas similares a los “arrestos por averiguación de antecedentes”, ya declarados inconstitucionales por la Corte Suprema; la ampliación de facultades para la reorganización administrativa con fines de control social, sin autorización legal para modificar la política de seguridad interior, entre otras.
Los legisladores también critican que el Ejecutivo podría adoptar un modelo de “seguridad del Estado” similar al utilizado por regímenes autoritarios, en lugar de centrarse en la seguridad ciudadana basada en derechos humanos, como establece la legislación democrática desde 1983. “El acceso de la policía a mayores poderes sin orden judicial vulnera garantías fundamentales. El Decreto camufla bajo una reforma administrativa lo que en realidad implica una restricción de derechos”, rezan algunos de los documentos.

En paralelo, los diputados que impulsan el proyecto de ley de derogar el mencionado Decreto consideran que la medida no contempla mejoras estructurales ni garantías básicas. Por un lado, no tiene en cuenta la transparencia estadística de las acciones policiales ni la auditoría externa o rendición de cuentas. Además, no posee perspectiva de género o protocolos para el trato a niños y adolescentes, ni cuenta con normas de control democrático del accionar policial.
A la espera
La reforma de la Policía Federal vía decreto vuelve a poner en tensión el equilibrio entre seguridad y derechos. La oposición plantea que, lejos de una modernización institucional, el Decreto 383/2025 hace retroceder al país en garantías democráticas básicas y otorga facultades peligrosas a las fuerzas de seguridad, sin debate ni control.
Si bien los proyectos de derogación deben ingresar a comisiones para su evaluación, en caso de prosperar podrían suspender o revertir los efectos del Decreto 383/2025. Difícilmente esto suceda, ya que el actual Gobierno sostiene un fuerte enfoque en seguridad, y la reforma fue presentada como una medida central y celebrada públicamente.
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