La Justicia argentina rechazó otro amparo, presentado por un grupo de diputados nacionales, contra el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) que reformó y reestructuró el Sistema de Inteligencia Nacional (SIN), a finales del año pasado. Cabe recordar que, este mes, la Justicia ya había rechazado un pedido de amparo contra este mismo decreto. En su disposición, la Justicia consideró que los legisladores no tienen legitimación para litigar contra el decreto que modificó el SIN y amplió las facultades de la Secretaría de Inteligencia de Estado (SIDE).

El Juzgado Contencioso Administrativo Federal N°4, a cargo de la jueza Rita Ailán, rechazó la acción de amparo, que presentaron los diputados nacionales Maximiliano Ferraro, Mónica Frade y Esteban Paulón, que habían solicitado una declaración de nulidad e inconstitucionalidad del DNU 941/2025, que modificó la Ley de Inteligencia Nacional N°25.520, reformado el Sistema de Inteligencia Nacional y ampliando las funciones de la SIDE. En su pedido, los diputados sostenían que el DNU no cumplía con los requisitos que establece y determina la Constitución Nacional para el dictado de los decretos de necesidad y urgencia.
Más específicamente, el pedido presentado por los legisladores sostenía que el decreto no determinaba ni argumentaba las circunstancias excepcionales que justificaron su dictado y que, además, regulaba cuestiones de materia penal y procesal penal, cuyo tratamiento está inhabilitado para los decretos de necesidad y urgencia, y se reserva al debate y tratamiento parlamentario del Congreso de la Nación. Sin embargo, en los últimos días, el Juzgado Contencioso Administrativo Federal N°4 determinó que los legisladores nacionales no se encuentran legitimados para impugnar y litigar judicialmente normas dictadas por otros poderes del Estado Nacional, en virtud de su calidad parlamentaria.
Además, la resolución de la Justicia determina que el pedido presentado por los legisladores no acredita un perjuicio concreto que habilite la intervención judicial, mediante un amparo. El planteo fue de carácter general y no se habría demostrado, según la Justicia, un perjuicio personal ni se habría identificado una controversia concreta sobre la afectación del orden constitucional, como resultado del dictado del cuestionado y polémico DNU 941/2025.

Frente a estos resultados, la jueza Ailán resolvió que el pedido de los diputados nacionales respondía a un control general de legalidad del decreto, y excedía sus capacidades para impugnar y litigar contra normas dictadas por el Poder Ejecutivo Nacional. Con estos fundamentos, el juzgado rechazó in limine el pedido de los legisladores y la acción de amparo contra el DNU que reformó el Sistema de Inteligencia Nacional y fue significativamente cuestionado por ampliar las funciones de la Secretaría de Inteligencia de Estado.
Según informan reportes recientes, en el Juzgado Contencioso Administrativo Federal N°4, a cargo de la jueza Ailán, también tramitaba un pedido de amparo iniciado por el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) contra el DNU 941/2025. Sin embargo, como se adelantó, el pedido del CELS para declarar la nulidad, ilegalidad e inconstitucionalidad del mencionado decreto también fue rechazado por la Justicia en el mes en curso. Pese a los intentos por declarar su nulidad e inconstitucionalidad, en la actualidad el DNU 941/2025 sigue vigente y operativo.
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