El DNU que redefine el Ministerio de Seguridad Nacional y concentra la política migratoria en la órbita de Patricia Bullrich

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El gobierno de Javier Milei avanzó un paso más en la concentración de atribuciones en materia de seguridad interna con la firma del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 825/2025, publicado hoy en el Boletín Oficial. La norma modifica nuevamente la Ley de Ministerios 22.520 y redefine el alcance del Ministerio de Seguridad Nacional, la cartera encabezada por Patricia Bullrich, que pasa a manejar el diseño y la ejecución de la política migratoria, además de reforzar su control sobre fuerzas policiales, sistema penitenciario, fronteras, inteligencia criminal, estadísticas y manejo del fuego.

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El movimiento se da en la antesala de una reconfiguración del gabinete prevista para el 10 de diciembre, cuando Bullrich deje el Ejecutivo para asumir su banca en el Senado. A grandes rasgos, la medida se inscribe en una secuencia de reformas sobre la arquitectura ministerial iniciada a principios de año, cuando otro decreto (el 58/2025) rebautizó la cartera como Ministerio de Seguridad Nacional y consolidó su rol como eje de la política de seguridad interior. Ahora, la Casa Rosada va un paso más allá y convierte al ministerio que, por ahora, conduce Bullrich en un nodo central no solo de la seguridad interna, sino también de la gestión migratoria y de la definición del estatus jurídico de extranjeros, refugiados y solicitantes de asilo.

Poder de policía, mando político ampliado e inteligencia criminal

El nuevo artículo 22 bis de la Ley de Ministerios, tal como lo reescribe el DNU 825/2025, ratifica que compete al Ministerio de Seguridad Nacional “asistir al Presidente de la Nación y al Jefe de Gabinete (…) en todo lo relativo a la seguridad interior, a la preservación de la libertad, la vida y el patrimonio de los habitantes”, pero agrega una dimensión clave: el diseño y la ejecución de las políticas en materia migratoria. Sobre esta base, el ministerio asume la elaboración de normas sobre migraciones internas y externas, a lo que se suma la potestad de intervenir en la concesión de la condición de refugiado y en las decisiones vinculadas al derecho de asilo, así como en todo lo atinente a la nacionalidad, los derechos y obligaciones de los extranjeros y su integración a la comunidad nacional.

En paralelo, la norma refuerza la capacidad de conducción política de Bullrich sobre el conjunto del esfuerzo nacional de policía. El nuevo texto le asigna al Ministerio de Seguridad Nacional la dirección y coordinación de las funciones y jurisdicciones de las fuerzas policiales y de seguridad nacionales, provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, así como la definición de su organización, doctrina, despliegue, equipamiento y esfuerzos operativos, con la mirada puesta en delitos complejos, crimen organizado y articulación regional, especialmente en el ámbito del MERCOSUR.

Otro de los ejes del DNU es la ampliación del control del Ministerio de Seguridad Nacional sobre la inteligencia criminal y los flujos de información producidos por las fuerzas policiales y de seguridad. Así, le otorga a la cartera la competencia para “entender en la producción de inteligencia e información” de esas fuerzas y para supervisar su accionar individual o conjunto, en el marco de la Ley de Seguridad Interior 24.059.

Por último, el decreto también refuerza la gravitación de Seguridad en el sistema penitenciario federal, quedando a cargo de la organización, funcionamiento y supervisión de los establecimientos penales y de sus servicios asistenciales, con el mandato explícito de promover mejoras para la readaptación de condenados, el tratamiento de procesados y la coordinación de la asistencia pospenitenciaria. A ello se suma el control tutelar de la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal Argentina, lo que subraya la dimensión previsional y corporativa del poder de la cartera sobre el universo policial.

Fronteras, infraestructura y control de flujos en clave de seguridad nacional

La nueva redacción del artículo 22 bis consolida, además, la centralidad de Seguridad en materia de fronteras y control territorial. El ministerio pasa a “entender en la preservación de la seguridad de las zonas de frontera” y a intervenir en la aplicación de la Ley 22.352 y en los controles fronterizos en Pasos Internacionales, Centros de Frontera y Áreas de Control Integrado con países limítrofes. El decreto también le confiere un rol protagónico en la planificación y ejecución de la infraestructura necesaria para el control y la seguridad de las fronteras, en coordinación con otras áreas competentes.

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Este andamiaje se complementa con la atribución de coordinar criterios unificados, junto a provincias y la Ciudad de Buenos Aires, para la elaboración de estadísticas criminales a nivel federal, un insumo clave para la construcción de diagnósticos sobre seguridad interna. Además, Seguridad conserva y refuerza competencias sensibles: el registro, habilitación y fiscalización de armas, pólvoras, explosivos y afines, y el rol de Autoridad Nacional de Aplicación de la Ley de Manejo del Fuego 26.815. De este modo, el ministerio se convierte en el punto de cruce de varias agendas críticas: crimen organizado, control de armamento, conflictos socioambientales y gestión de riesgos y desastres.

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Equipo de redacción de El Estratégico

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