A lo largo de los últimos meses, y en el marco de las reformas impulsadas por el Ministerio de Seguridad, legisladores de distintos bloques han advertido que las nuevas atribuciones conferidas a las fuerzas federales implican una ampliación de funciones que contradice el marco jurídico vigente. En reiteradas ocasiones, señalaron que las fuerzas de seguridad están asumiendo tareas propias de la defensa nacional, mientras que las Fuerzas Armadas intervienen en asuntos vinculados a la seguridad interior, desdibujando los límites establecidos por las leyes 23.554 y 24.059.
En el marco del Informe N°144 de la Cámara de Diputados, que responde consultas realizadas por los legisladores, se cuestiona el uso de Gendarmería como “instrumento militar terrestre” en caso de conflicto bélico. Legisladores advierten que se vulnera el consenso democrático que separa defensa nacional de funciones policiales, consultando si efectivamente una fuerza de seguridad puede actuar como unidad militar sin vulnerar la frontera entre defensa y seguridad interior.

“El Decreto 454/2025 dispone que en caso de conflicto bélico, Gendarmería podrá actuar “como instrumento militar terrestre”. Las leyes de Defensa Nacional y Seguridad Interior trazan una línea infranqueable entre ambas funciones para evitar el uso de lógicas militares en asuntos internos. ¿Por qué el Ejecutivo revierte por decreto este pilar del consenso democrático, abriendo la puerta a la militarización de la seguridad interior?”, reza la consulta 930 del mencionado informe.
El Ministerio de Seguridad, dirigido por Patricia Bullrich, niega que se trate de una militarización y reivindica su rol dentro en la Seguridad y Defensa Nacional, rechazando que el Decreto 454/2025 implique una militarización de la seguridad interior. No obstante, el debate institucional se intensifica.
El decreto que reavivó el debate sobre militarización
La pregunta 930 del Informe N°144 apunta al artículo 5º, inciso q) del Estatuto de Gendarmería Nacional, modificado por el Decreto 454/2025, que habilita su actuación como “instrumento militar terrestre” en caso de conflicto bélico. Legisladores advierten que esta disposición contradice el marco legal vigente, que separa de forma estricta las funciones de defensa nacional, reservadas a las Fuerzas Armadas, de las tareas de seguridad interior, asignadas a las fuerzas policiales y de seguridad.
El cuestionamiento se enmarca en el principio constitucional que impide el uso de lógicas militares en asuntos internos, para evitar la concentración de poder coercitivo y preservar el control civil sobre las fuerzas.

No obstante, para la cartera de Seguridad este Decreto reafirma el rol de la fuerza en situaciones adversas. Por ejemplo, destaca que “es requisito necesario para la participación de la Gendarmería Nacional Argentina, tal como se señala, que se encuentre en desarrollo un conflicto armado o bélico”. “Ello, en el contexto del artículo 2º de dicha norma, que indica que la Defensa Nacional es la integración y la acción coordinada de todas las fuerzas de la Nación para la solución de aquellos conflictos que requieran el empleo de las Fuerzas Armadas, en forma disuasiva o efectiva, para enfrentar las agresiones de origen externo”, afirma.
Por ende, la respuesta oficial aclara que la participación de Gendarmería en funciones militares solo se habilita en caso de conflicto armado o bélico, y siempre en el marco de una agresión externa. En ese contexto, la Defensa Nacional se define como la acción coordinada de todas las fuerzas del Estado para enfrentar amenazas externas, sin alterar las funciones asignadas por la Ley de Seguridad Interior.
El Ministerio también menciona el Decreto 1112/24, que prevé la cooperación entre Fuerzas Armadas y Fuerzas de Seguridad, bajo la coordinación conjunta de los ministerios de Defensa y Seguridad. Esta articulación se limita a operaciones específicas, definidas por la reglamentación vigente. Pero en su respuesta, el Ministerio insiste en que no se ha vulnerado la “línea infranqueable” entre defensa y seguridad interior, respondiendo tajante a la consulta legislativa.
Te puede interesar: Punto por punto – Los principales cambios para la Gendarmería Nacional, a partir del nuevo decreto