El día de la fecha, se oficializó la aprobación de un nuevo protocolo, impulsado por el Ministerio de Justicia, para el Régimen de Bienes Provenientes de Actividad Ilícita. A través de la Resolución N°543/2025, el Ministro de Justicia, Mariano Cúneo Libarona, aprobó el “Protocolo Operativo para la Recepción de Bienes Provenientes de Actividad Ilícita Cautelados y Recuperados en los Procesos Penales de Competencia Nacional y Federal y de Extinción de Dominio”, en el marco del nuevo Régimen aprobado por el Poder Ejecutivo Nacional, hace tan solo una semana.
Según se determinó en la Resolución 543/2025, la Autoridad de Aplicación del “Régimen de Conservación, Administración y Disposición de los Bienes Provenientes de Actividad Ilícita Cautelados y Recuperados en los Procesos Penales de Competencia Nacional y Federal y de Extinción de Dominio”, aprobado por el Decreto N°575/2025, tendrá a cargo la responsabilidad de implementar el presente Protocolo Operativo y podrá coordinar con el Poder Judicial Nacional todas aquellas medidas que resulten necesarias para la aplicación efectiva del Protocolo.

Resulta menester recordar que, por medio del Decreto N°582/2025, el Gobierno Nacional creó la Oficina de Bienes Recuperados, que si bien se determinó que funcionará como un organismo desconcentrado dependiente del Ministerio de Justicia, actuará como la Autoridad de Aplicación del Régimen. Por lo que, la implementación del nuevo Protocolo Operativo estará a cargo de la Oficina de Bienes Recuperados. Sin embargo, mientras tanto, se determinó que, durante el plazo que demande la asignación, la aplicación del Protocolo estará a cargo de la Subsecretaría de Gestión Administrativa del Ministerio de Justicia.
La creación del Régimen de Conservación, Administración y Disposición de los Bienes Provenientes de Actividad Ilícita
Por medio del Decreto N°575/2025, el Poder Ejecutivo Nacional aprobó el “Régimen de Conservación, Administración y Disposición de los Bienes Provenientes de Actividad Ilícita Cautelados y Recuperados en los Procesos Penales de Competencia Nacional y Federal y de Extinción de Dominio”. El mismo busca optimizar la gestión de los bienes decomisados en los procesos penales de competencia nacional y federal y de extinción de dominio, provenientes de actividades ilícitas, centralizando su administración bajo la esfera pública y permitiendo que el Estado Nacional disponga de los elementos secuestrados en operativos contra el crimen organizado.

En este sentido, el Régimen “regula unificadamente los procedimientos, criterios y responsabilidades institucionales en torno a la conservación, administración y disposición de los bienes provenientes de actividades ilícitas, asegurando su trazabilidad, su incorporación efectiva al patrimonio público y su destino conforme a los principios de justicia, transparencia y eficiencia institucional”. De hecho, el Régimen dispone que los órganos judiciales, nacionales y federales, deberán poner bajo custodia y administración del Ministerio de Justicia, a través de la Autoridad de Aplicación (Oficina de Bienes Recuperados), los bienes cautelados o recuperados, en el marco de los procesos judiciales, a fines de garantizar su conservación, gestión y eventual disposición, conforme a sus lineamientos.
El Gobierno Nacional busca que el nuevo Régimen funcione como una herramienta para debilitar al crimen organizado que opera en el territorio nacional y transfronterizo, con impacto directo en el desbaratamiento de las redes delictivas activas, a partir del despojo de sus bienes y activos. En este sentido, el objetivo de esta política pública es, en sí mismo, fortalecer las capacidades del Estado Nacional en la lucha contra el crimen organizado y los delitos transfronterizos, sobre todo, ante un contexto donde las redes de contrabando, narcotráfico y terrorismo, cada vez tienen mayor presencia en las fronteras argentinas.

De hecho, de acuerdo al Poder Ejecutivo, esta normativa resulta crucial para disminuir el poder del crimen organizado en el territorio nacional. Además, se dispuso que los bienes recuperados y cautelados de la trata y explotación de personas y/o del lavado de activos, serán asignados a fondos directos de programas de asistencia para las víctimas o en su defecto, a la lucha contra el narcotráfico.
La necesidad de contar con un Protocolo Operativo
La Resolución 543/2025 establece que “a los efectos de ejercer la custodia, administración y eventual disposición de los bienes cautelados y recuperados” resulta crucial contar con información técnica, documental, registral y económica “suficiente, precisa y debidamente actualizada” que permita su recepción formal, por parte del Ministerio de Justicia. Es, precisamente, por ello que el Ministerio de Justicia consideró necesario establecer un Protocolo Operativo que fije los requisitos y procedimientos para la recepción formal de la información y documentación provista por los órganos judiciales, para la entrega material de los bienes cautelados y recuperados de actividades ilícitas.
De hecho, el Anexo de la Resolución determina que “el presente Protocolo tiene por objeto establecer los lineamientos para el cumplimiento de lo dispuesto en el ANEXO I del Decreto Nº 575/25, a fin de garantizar la adecuada recepción, por parte del MINISTERIO DE JUSTICIA, de la información técnica, registral y económica que permita la entrega material de los bienes cautelados y recuperados en favor del ESTADO NACIONAL”. Se determinó que el Protocolo será aplicado, en todos los casos en que se disponga, por resolución de la Justicia Nacional o la Justicia Federal, la entrega de bienes cautelados o recuperados provenientes de actividades ilícitas, al Estado Nacional.

Se considera que la implementación del nuevo Protocolo contribuye, de hecho, en el fortalecimiento de la cooperación interinstitucional entre el Poder Judicial de la Nación y el Poder Ejecutivo Nacional, “promoviendo una gestión transparente, ordenada y eficiente de los bienes sujetos a medidas judiciales en procesos penales o de extinción de dominio”.
En este sentido, esta medida, complementaria a la creación del Régimen de Bienes Provenientes de Actividad Ilícita, se enmarca dentro de uno de los programas impulsado por el Estado Nacional orientado a la recuperación de activos de origen ilícito, la recomposición del daño social producido previamente por el delito y la reinversión de los activos en áreas estratégicas del aparato estatal, buscando mejorar la capacidad del Estado para financiar políticas públicas de seguridad y justicia, en el marco del plan de lucha contra el crimen organizado transfronterizo, el narcotráfico y el terrorismo. Se determinó que el Protocolo podrá ser actualizado por el Ministerio de Justicia de la Nación, con la debida notificación a las autoridades judiciales correspondientes. Mientras tanto, se espera que la Resolución 543/25 entre en vigencia, simultáneamente, con el Decreto 575/25 del 13 de agosto de 2025.
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