El Ministerio de Seguridad Nacional explica el alcance y funcionamiento de los agentes encubiertos y reveladores digitales

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A través del nuevo informe de gestión, elaborado por la Jefatura de Gabinete de Ministros, el Ministerio de Seguridad Nacional, a cargo de Patricia Bullrich, explica el alcance y el funcionamiento de los agentes encubiertos y reveladores digitales. En el marco del Informe N°144, el Gobierno Nacional fue consultado acerca de la Resolución N°829/2025 del Ministerio de Seguridad Nacional, que dio creación al Consejo Académico, encargado de formar a agentes encubiertos y agentes reveladores digitales. 

Créditos: Canal Doce Misiones.

Por medio de la Pregunta N°1047, efectuada por la oposición, el Gobierno Nacional fue consultado sobre el alcance de los agentes encubiertos y reveladores digitales, que tanta polémica ha generado desde la aprobación de su protocolo de actuación. En este sentido, se le preguntó: ¿de qué se trata y cómo fundamentan el operativo real de la aplicación efectiva frente al delito complejo?; ¿cuáles son los fondos destinados dada la demanda de recursos materiales, humanos y tecnológicos para llevar a cabo dicha implementación?; ¿cuál es la base legal que los sustenta? y ¿cuál es la supervisión y control judicial para garantizar la protección de datos personales?. Además, se consultó si para llevar a cabo dichas medidas previstas en el marco de aplicación de sus funciones y tareas, cuentan con “orden judicial, regulación legislativa y/o autoría externa”. 

Agentes encubiertos y reveladores digitales 

En el mes de julio, el Ministerio de Seguridad Nacional oficializó la aprobación de un protocolo de actuación para los agentes encubiertos y reveladores digitales. Las figuras de agente encubierto y revelador fueron creadas por la Ley N°27.319 (2016). Dicho marco legal permite que las Fuerzas de Seguridad se puedan infiltrar en redes criminales para obtener pruebas de delitos complejos. La Resolución N°828/2025, publicada en el mes de julio en el Boletín Oficial, estableció la actuación de estas dos figuras en entornos digitales, adaptándose a nuevas modalidades de delitos como el narcotráfico online, grooming, trata y fraude informático, ante el crecimiento exponencial de los delitos complejos en entornos digitales. 

Precisamente, por ello, el Ministerio de Seguridad Nacional consideró “necesario incorporar protocolos específicos para las figuras de agente encubierto digital y agente revelador digital, de modo de adaptarse a las nuevas formas de criminalidad detectadas” y oficializó el “Protocolo Particular para la Actuación de los Agentes Encubiertos y Reveladores Digitales”. Si bien la medida busca fortalecer la capacidad estatal de prevención y persecución penal del Estado argentino en la lucha contra los delitos complejos en su dimensión digital, la misma ha sido duramente criticada por varios sectores de la opinión pública y las esferas políticas. 

Patricia Bullrich, Ministra de Seguridad Nacional. Créditos: Ministerio de Seguridad Nacional.

Para una considerable parte de ellas, el uso de las identidades digitales ficticias (avatares) de los agentes encubiertos y reveladores digitales, como así también la infiltración encubierta, aunque controlada, genera cierta polémica, y ha sido cuestionada por su límite con la ilegalidad. De hecho, las mayores preocupaciones que han surgido, en torno a la Resolución 828/2025, están vinculadas, principalmente, a la ampliación de las facultades investigativas, sin orden judicial, y al patrullaje digital de las redes sociales sin autorización judicial. Es por ello que, los principales debates en torno a la aplicación de estas figuras han estado estrechamente vinculados con la protección de la privacidad y la libertad de expresión de los individuos, ante la posibilidad de que los agentes reveladores digitales estén, en realidad, abocados a realizar tareas y trabajo de inteligencia, por fuera del control judicial. 

Créditos: LISA News.

La respuesta oficial del Ministerio de Seguridad Nacional

En respuesta a la Pregunta N°1047, efectuada por Unión por la Patria (UxP) en el marco del informe de gestión, el Ministerio de Seguridad Nacional informó que el Consejo Académico, creado a través de la Resolución N°829/2025, se trata de un comisión integrada por miembros especializados, con diversos enfoques profesionales y académicos, encargada de “establecer lineamientos generales para una actuación procesal segura y eficaz en las investigaciones penales” de los citados agentes encubiertos y agentes reveladores digitales. 

La aplicación del Consejo Académico se fundamenta, de hecho, por los “principios de necesidad, razonabilidad, y proporcionalidad, de conformidad con el artículo 1º, segundo párrafo, de la Ley 27.319 de Investigación, Prevención y Lucha de los delitos complejos”. El Ministerio de Seguridad Nacional, a cargo de Patricia Bullrich, informó, además, que los fondos destinados a su implementación provienen de la jurisdicción del propio Ministerio de Seguridad, conforme a lo que establece el Artículo 5° de la Resolución N°917/2017. 

Créditos: Capital24.

La cartera conducida por Bullrich explicó que la base legal que sustenta su actuación es, precisamente, la Ley N°27.319 de Delitos Complejos, del año 2016. En este sentido, ante la duda y preocupación de la oposición, se informó que la supervisión y el control para garantizar la protección de los datos personales es llevada a cabo por la Unidad Especial de Agentes Encubiertos, conforme a la citada resolución del año 2017, sin perjuicio del control judicial eventual que pudiera acontecer. Finalmente, el Ministerio explicó que para llevar a cabo dichas medidas resulta necesaria la correspondiente orden judicial, “conforme lo establecido en los artículos 4º y 6º de la Ley 27.319, sin perjuicio del control administrativo interno y externo”. 

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Equipo de redacción de El Estratégico

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