Con la publicación del Decreto 446/2025 en el Boletín Oficial, el Poder Ejecutivo avanza hacia una desregulación parcial del sector de gas licuado de petróleo (GLP) argentino. A grandes rasgos, la medida busca reformar la Ley N° 26.020 para redefinir el rol del Estado en el marco regulatorio del sector, así como también en la comercialización del GLP.

La decisión de “liberalizar” el sector se enmarca en la conocida Ley Bases, que otorga al Poder Ejecutivo las facultades necesarias en pos de hacer frente a la emergencia económica y administrativa del Estado. Por ende, también busca redefinir el rol de la Secretaría de Energía como Autoridad de Aplicación de dicha ley por “la evolución del sistema energético argentino” y “los cambios institucionales y económicos de los últimos años”.
Claves de la reforma
El Decreto subraya que el régimen vigente otorga un rol protagónico a la Autoridad de Aplicación, lo que ha generado en muchos casos “sobrerregulación, duplicación de funciones, distorsiones de mercado y sobrecostos operativos que impactan negativamente en los precios al consumidor”. “Dicha intervención estatal debe limitarse exclusivamente a la fiscalización del cumplimiento de los parámetros de seguridad correspondientes, sin interferir en aspectos operativos que competen al funcionamiento del mercado [como] decisiones vinculadas a precios, oferta y demanda”, destaca.
Por estos motivos, propone la reducción de la intervención estatal. Por un lado, se elimina la exigencia de autorización previa para fraccionadores y distribuidores de GLP de la Autoridad de Aplicación, por ende se simplifica lo administrativo. A partir de ahora, podrán operar presentando una declaración jurada.

En paralelo, la Secretaría de Energía limitará su intervención a aspectos de seguridad, excluyendo la fijación de precios y el control de oferta/demanda porque esas cuestiones “deben quedar regidas por el funcionamiento libre y competitivo del mercado, que constituye el mecanismo más eficiente para asignar recursos y promover el desarrollo del sector”.
Asimismo, formaliza el canje libre de envases entre empresas del sector, con la posibilidad de construir un “parque común” compartido que permita circulación eficiente sin afectar la propiedad de los envases. Un tipo de “autonomía privada” para que los fraccionadores puedan operar marcas cruzadas mediante contratos bilaterales, liberalizando el envasado y la comercialización.
Por último, habilita la importación y exportación de GLP sin necesidad de autorización previa, comercializándose internacionalmente sin problemas, salvo objeciones estatales dentro de siete días. “Queda autorizada la libre importación de GLP sin otro requisito que el cumplimiento de la normativa vigente y sin necesidad de autorización previa. La exportación de GLP será libre una vez garantizado el volumen de abastecimiento interno”, reza el documento.
¿Implicancias institucionales?
El GLP es una fuente energética clave para muchas zonas rurales y suburbanas que no están conectadas al sistema de gas natural. Y aunque sectores empresariales del rubro valoran la agilización normativa, diversas entidades alertan sobre los riesgos de concentración del mercado, posibles aumentos de precios y la falta de mecanismos de compensación estatal ante futuros desequilibrios.

¿El decreto favorece al consumidor o debilita el control estatal sobre un recurso estratégico? No hay una respuesta 100% exacta. Por un lado, la liberalización podría incentivar la competencia y eficiencia operativa, lo que impactaría positivamente en precios y calidad del servicio. Pero al reducir la capacidad estatal de intervención, también se limita su rol como garante del acceso equitativo.
Efectivamente, la reforma podría alterar precios, modalidades de abastecimiento y condiciones de competencia en estos territorios. Pero el Ejecutivo apuesta por eficiencia y dinamismo de mercado, pese a que persiste el desafío entre garantizar equidad territorial y protección del consumidor o un esquema más descentralizado.
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