El Gobierno nacional avanza en la privatización energética a partir de la venta de hidroeléctricas clave y la Sociedad Anónima de Río Turbio

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A partir de la publicación del Decreto 590/2025 y la Resolución 1181/2025, publicadas este martes en el Boletín Oficial, el Gobierno argentino profundizó el proceso de desestatización del sector energético, autorizando la venta de cuatro complejos hidroeléctricos clave y la constitución de Carboeléctrica Río Turbio Sociedad Anónima. Ambas decisiones consolidan el traspaso de activos estratégicos al capital privado, bajo el paraguas de la Ley de Bases y la emergencia pública, con el rol central del Ministerio de Economía en la reorganización del sector.

Sobre la transferencia de las acciones de las empresas hidroeléctricas

A partir del Decreto 590/2025, el Gobierno autorizó la transferencia de acciones de las sociedades concesionarias de los complejos hidroeléctricos Alicurá, El Chocón, Cerros Colorados y Piedra del Águila —actualmente bajo control de ENARSA— a la Secretaría de Energía. El texto habilita su posterior venta mediante un Concurso Público Nacional e Internacional sin base, en línea con la Ley 23.696 de Reforma del Estado y el Decreto 695/2024 reglamentario de la Ley de Bases.

Asimismo, establece que si las mencionadas concesionarias no adhieran a continuar operando los respectivos complejos que forman parte de la concesión oportunamente otorgada, resulta necesario establecer un plazo de 90 días hábiles administrativos con el fin de que el Estado adopte “los recaudos necesarios para asegurar el normal desarrollo de la actividad en cuestión y así garantizar la continuidad operativa del sistema y la confiabilidad del suministro eléctrico”

De esta manera, el Decreto faculta a la cartera de Economía, en coordinación con la Agencia de Transformación de Empresas Públicas, a “fijar las pautas del Concurso Público Nacional e Internacional, competitivo y expeditivo, para la venta del paquete accionario mayoritario de las Sociedades, que deberá incluir el esquema de remuneración de los concesionarios durante el Período de Concesión”. Esto implica la inclusión, como mínimo, de los anexos: (i) Contrato de Concesión, (ii) perímetro y descripción, (iii) inventario, (iv) seguridad de presas, embalses y obras auxiliares; (v) normas de manejo de aguas; (vi) guardias permanentes; (vii) protección del ambiente; (viii) seguros; (ix) obras y trabajos obligatorios.

Sobre Carboeléctrica Río Turbio Sociedad Anónima

Por otro lado, la Resolución 1181/2025 decretó la constitución de la sociedad anónima Carboeléctrica Río Turbio S.A., que absorberá la explotación del complejo minero-carbonífero, ferroviario, portuario y energético de Río Turbio. La nueva empresa tendrá un capital inicial de $30 millones y estará bajo control del Estado Nacional, con participación accionaria del 95% por parte de la Secretaría de Energía y del 5% por la Secretaría de Minería.

Créditos: OPI Santa Cruz.

La Resolución destaca que Yacimientos Carboníferos Fiscales figura en los anexos de la ley 23.696, en la cual se declararon “sujetas a privatización” a diversos entes. Específicamente, esta ley estableció el procedimiento para proceder a la declaración de “sujeta a privatización” de empresas, sociedades, establecimientos o haciendas productivas cuya propiedad perteneciera total o parcialmente al Estado Nacional.

Asimismo, recalca que, mediante el artículo 1° del decreto 115 del 19 de febrero de 2025, se ordenó la transformación de Yacimiento Carbonífero de Río Turbio y de los Servicios Ferroportuarios con Terminales en Punta Loyola y Río Gallegos en la sociedad Carboeléctrica Río Turbio Sociedad Anónima en el ámbito de este Ministerio. Puntualmente, el artículo 2° del mencionado decreto establece “que las representaciones de los derechos derivados de la titularidad de las acciones por parte del estado nacional de la sociedad en cuestión serán ejercidos por la Secretaría de Energía en un noventa y cinco por ciento (95%) y la Secretaria de Minería en un cinco por ciento (5%), ambas de este Ministerio”

Panorama de desinversión estatal

Ambas decisiones se inscriben en el marco de la emergencia pública decretada en diciembre de 2023, y refuerzan el avance de la estrategia oficial para transformar empresas estatales en sociedades anónimas, con vistas a su eventual privatización. Además, mediante el artículo 48 del Decreto 70/2023, se establece que las sociedades o empresas con participación del Estado, cualquiera sea el tipo o forma societaria adoptada, se transformarán en Sociedades Anónimas, comprendiendo a las Empresas del Estado que no tengan una forma jurídica societaria, entre otras, y todas aquellas organizaciones societarias donde el Estado Nacional tenga participación en el capital o en la formación de las decisiones societarias y no se encuentren constituidas como sociedades anónimas.

La simultaneidad de ambos actos revela una hoja de ruta clara: acelerar la desinversión estatal en sectores clave de generación energética, bajo esquemas societarios que faciliten la entrada de capital privado. En este contexto, el rediseño institucional y jurídico apunta a consolidar un modelo de gestión empresarial, con menor peso público y mayor exposición a dinámicas de mercado. Pero el rol estatal en la energía, tanto hidroeléctrica como carbonífera, plantea interrogantes sobre la sostenibilidad operativa y la soberanía sobre recursos críticos.

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Equipo de redacción de El Estratégico

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