El día viernes por la tarde, la Corte de Apelaciones del Segundo Circuito de Nueva York concedió la suspensión de la entrega y la transferencia de las acciones argentinas de Yacimientos Petrolíferos Fiscales (YPF) a los demandantes, en el marco de la causa judicial por la expropiación irregular de la compañía petrolera, a manos del Estado argentino, en el año 2012. La decisión de la Corte se esperaba desde el día martes, cuando se dio a conocer que el tribunal dará a conocer su decisión sobre el futuro de las acciones argentinas de YPF en las próximas horas. Sin embargo, el plazo se extendió hasta el día viernes por la tarde, cuando, finalmente, se daría a conocer que la Corte decidiría conceder la suspensión de la orden judicial emitida por la Jueza Loretta Preska.

Dicha decisión judicial obligaba a la Argentina a entregar y transferir sus acciones de la compañía, es decir, de YPF, a los demandantes de la causa, como parte del pago de una sentencia precedente, que intimaba al Estado argentino a pagar U$S 16.000 millones, sumado a intereses diarios a los mismos, por la expropiación irregular. La Corte de Apelaciones del Segundo Circuito de Nueva York debía resolver si mantener en suspenso la orden de la Jueza Preska, tal como solicitó la defensa argentina, o levantar la suspensión y determinar la aplicación de la medida judicial, ordenandole al país entregar sus acciones (51%) a Burford Capital y Eton Park, fondos que compraron el derecho a litigar de los accionistas minoritarios en la causa judicial, tras la quiebra del Grupo Petersen.
¿Cómo comenzó la causa judicial por la expropiación de YPF?
Los hechos se remontan al año 2012, durante el segundo mandato presidencial de Cristina Fernández de Kirchner, cuando la República Argentina expropió el 51% de las acciones de YPF, que en ese momento estaban en manos de la firma española, Repsol, que contaba con el 57% de la firma, tras la venta del 25% de las acciones al Grupo Petersen, perteneciente a la familia Eskenazi. El Congreso de la Nación aprobaría la declaración de utilidad pública de la compañía, sujeta a la expropiación del 51% de las acciones de YPF, con el objetivo de que el Estado argentino retome el control de la firma petrolera. Finalmente, en 2014, el Consejo de Repsol aceptaría la oferta de la República Argentina, por U$S 5.000 millones, a modo de “indemnización” por la expropiación. Sin embargo, en el proceso de expropiación, el Estado argentino incumpliría el estatuto de YPF, donde se exige la realización de una Oferta Pública de Adquisición a todos los accionistas de la compañía, lo que daría lugar al inicio de un proceso judicial contra la Argentina.
En el año 2015, el fondo Burford Capital compraría el derecho de litigio, durante el proceso de quiebra del Grupo Petersen, y presentaría una demanda contra la República Argentina por la expropiación irregular de la petrolera, ante la Justicia de Nueva York, reclamando una indemnización. La demanda se centraría, principalmente, en la compensación económica que el Estado argentino debía desembolsar por los daños económicos generados por la expropiación irregular que, de hecho, llevaría a la quiebra del Grupo.
Cronología de la causa judicial
En 2023, la Jueza Loretta Preska ordenaría a la República Argentina el pago de U$S16.000 millones a los demandantes de la causa por la expropiación irregular de la compañía, de la cual el Estado argentino se hizo de control en el año 2012. Sin embargo, la Argentina no cumpliría el fallo de la Justicia de Estados Unidos y no abonaría dicha cifra. De hecho, el Estado argentino había solicitado revisar el fallo condenatorio de 16.000 millones de dólares por la estatización de YPF. No obstante, en marzo de este año, la Justicia de Estados Unidos rechazaría dicha solicitud de apelación.

El pasado 30 de junio, la Justicia ordenaría que el país debía entregar y transferir sus acciones de YPF (51%) a los demandantes de la causa, como parte del pago de la sentencia precedente, que fue incumplida y desacatada. Esta decisión estaría a cargo, nuevamente, de la magistrada Loretta Preska, que pertenece al Juzgado de Nueva York, donde radica la causa judicial. Fue, precisamente, el incumplimiento del fallo de 2023, lo que produjo que la Justicia de Estados Unidos ordenara al país entregar el 51% de sus acciones de YPF, a los demandantes. En este sentido, se conoció que la Jueza Preska concedió el pedido que había sido realizado por beneficiarios del fallo y demandantes, en abril del 2024, entre los que se encuentra Burford Capital y Eton Park.
No obstante, la Argentina decidiría apelar a la orden judicial de Preska. De hecho, el Presidente de la Nación Argentina, Javier Milei, afirmó, a través de un mensaje publicado en sus redes sociales, que el Gobierno Nacional llevaría a cabo este curso de acción legal ante la Justicia estadounidense y en caso de ser necesario, agotaría todas las instancias legales. Sin embargo, el primer mandatario no dejó de responsabilizar al actual Gobernador de la provincia de Buenos Aires, Axel Kicillof, quien en 2012 cuando se ejecutó la expropiación de YPF actuó como interventor del proceso y se desempeñaba como Viceministro de Economía, por la situación en que colocó a la República Argentina con esta decisión judicial que resulta perjudicial para la economía argentina y el funcionamiento de las operaciones de Vaca Muerta.

La apelación y un fallo favorable para la Argentina
Así fue cómo el Gobierno argentino presentó, el pasado 10 de julio, la apelación formal de la orden judicial ante la Corte de Apelaciones del Segundo Circuito de Nueva York, firmada por el estudio Cleary Gottlieb Steen & Hamilton LLP, que representa a la Argentina en el caso. Desde Casa Rosada aseguraron que agotarían todas las instancias judiciales, en caso de ser necesario, dejando en claro que no se negociaría con los demandantes.
Días después, la Justicia de Estados Unidos falló en contra de la República Argentina, ante el pedido realizado por la defensa argentina para suspender la orden judicial precedente. La Jueza Preska ratificó la decisión precedente, que podría generar un perjuicio irreparable para la Nación Argentina, hasta tanto la Corte de Apelaciones resuelva si la orden es válida. En su escrito, la Jueza señaló que la Argentina no ha cumplido con las condiciones previas que le permitían acceder a una suspensión sin garantía del fallo de 2023, donde el Estado argentino había sido condenado a pagar un resarcimiento de U$S 16.000 millones a Burford Capital y Eton Park, quienes compraron los derechos a litigar en la causa. En este sentido, acusó al Estado argentino de intentar eludir sus obligaciones y compromisos, mediante tácticas dilatorias.

Sin embargo, la esperanza se mantenía. Un día después, la Corte de Apelaciones del Segundo Circuito de Nueva York dictaminaría un fallo favorable para la Argentina y aceptaría la suspensión de la orden judicial y principalmente, la intimación judicial de la Jueza Preska, que había dictado un ultimátum de 72 horas para que la Nación Argentina hiciera efectiva la transferencia de la acciones clase D de YPF a Burford y Eton Park, accediendo al pedido de la defensa argentina. De esta manera, la Argentina lograría que se cayera el riesgo de desacato y las consecuencias que ello generaría.
El pedido de comunicaciones y la presentación de un escrito de la defensa argentina
Las últimas semanas, la causa continuó en desarrollo y a finales del mes de julio, la Jueza Preska ordenaría que el Estado argentino entregue una serie de conversaciones y comunicaciones electrónicas de funcionarios y exfuncionarios, en el marco de la causa judicial, a pedido de los demandantes. Entre los funcionarios se encontraban el actual Ministro de Economía de la Nación, Luis Caputo, y su antecesor, Sergio Massa; el actual asesor presidencial, Santiago Caputo; el exsecretario de Industria, José Ignacio de Mendiguren; y el exdirector de Aduana, Guillermo Michel.
Los demandantes buscaban recolectar pruebas que demostraran que empresas estatales como Yacimientos Petrolíferos Fiscales (YPF), Aerolíneas Argentinas, ENARSA, Banco Nación y el Banco Central de la República Argentina (BCRA), no funcionan con autonomía, sino como “alter ego” del Estado nacional. En este sentido, los demandantes de la causa buscan demostrar esta hipótesis para avanzar con embargos sobre activos soberanos y estratégicos del Estado Nacional. En este contexto, la defensa argentina presentó un escrito ante la Corte de Apelaciones del Segundo Circuito de Estados Unidos, donde rechazó la entrega de conversaciones y comunicaciones de funcionarios y exfuncionarios y solicitó un reconsideración del proceso de discovery, alegando, principalmente, no tener control alguno sobre estas comunicaciones ni dispositivos, teniendo en consideración, que de acuerdo a la Constitución Nacional, ello no le corresponde ni le incumbe.

Paralelamente, el escrito presentado por la República Argentina a la Corte de Apelaciones del Segundo Circuito de Estados Unidos, expresa el compromiso y el respaldo del Estado argentino para que la Justicia de Estados Unidos investigue posibles hechos y casos de corrupción, en torno a YPF. La defensa argentina expresó su posición, en respuesta a la petición impulsada por la organización “Republican Action for Argentina” (RA4ARG), que solicita que la Justicia estadounidense investigue e indague si existieron hechos de corrupción en la adquisición de las acciones de YPF, por parte de la familia Eskenazi, que accedieron a un porcentaje relevante de las mismas sin realizar un desembolso inicial. En este sentido, la Argentina, en su escrito, reafirmó que toma con seriedad las denuncias vinculadas a los presuntos hechos de corrupción en el proceso irregular de expropiación y transferencia de las acciones de YPF, incluyendo las que rondan en torno al Grupo Eskenazi.
La última respuesta de la Corte de Apelaciones y el próximo paso en la causa
El pasado 12 de agosto, se dio a conocer que la Corte de Apelaciones de Nueva York estaba a punto de decidir si concedía o no la suspensión del fallo emitido por la Jueza Loretta Preska. En este sentido, la Corte tenía tres alternativas: mantener la concesión de suspensión del fallo (que es, precisamente, lo que había solicitado la defensa argentina), rechazar el pedido de suspensión del fallo (y obligar a la Argentina a entregar y transferir el 51% de sus acciones de YPF a los demandantes) o aceptar y conceder el pedido de suspensión del fallo sobre la entrega de las acciones de YPF (pero remitiendo una solicitud al Juzgado de Preska para ordenarle y exigirle al país que compense a los demandantes de la causa, con otros activos alternativos y distintos a las acciones, como garantía, como pueden ser los bonos).
Finalmente, tras días de espera, el pasado viernes por la tarde, la Corte dio a conocer su veredicto de mantener la concesión de suspensión de la orden judicial, permitiéndole al Estado argentino conservar sus acciones de la petrolera, mientras el reclamo sobre la sentencia avanza en primera instancia. Mientras tanto, la Argentina tampoco estará obligada a depositar ninguna garantía. Por lo que, finalmente, la Argentina obtendría el resultado más favorable de las tres alternativas existentes. Sin embargo, cabe recordar que, el Gobierno argentino ya había advertido que, en caso de que la Corte decidiera rechazar el pedido de suspensión solicitado por la defensa argentina, recurriría a la Corte Suprema para revertir la orden. No obstante, esta vía judicial no será necesaria por el momento.

La Procuración del Tesoro aseguró que “esta decisión garantiza que la República Argentina conserve la participación mayoritaria del Estado Nacional en la compañía mientras avanza la apelación, constituyendo un paso decisivo en la defensa de un activo estratégico y de los intereses de todos los argentinos”. Sebastián Maril, analista de Latam Advisors que analiza el litigio de la Argentina en la Justicia de Estados Unidos, explicó que las acciones de la Argentina sobre YPF podrán permanecer en la Caja de Valores, mientras la Corte resuelve la apelación a la sentencia original, del año 2023.
Ahora, la Argentina continúa en el proceso de apelación del fallo original de primera instancia, de 2023, que obligaba al país a desembolsar U$S 16.000 millones a los accionistas minoritarios al momento de la estatización, como indemnización, por la expropiación de la compañía petrolera, en el año 2012. En este sentido, la Procuración explicó que “la decisión de la Corte de Apelaciones se limita a la suspensión de la orden de entrega dictada el pasado 30 de junio, mientras se tramita la apelación correspondiente. No afecta el curso de la apelación de fondo contra la sentencia emitida en septiembre de 2023”.
La presentación de los argumentos orales se pactó para la semana del 27 de octubre, luego de las elecciones de medio término a nivel nacional. La fecha se ratificó, luego de que la Corte de Apelaciones no hiciera lugar al pedido de Republican Action for Argentina para anular la sentencia original e investigar el ingreso y la participación de la familia Eskenazi en YPF y en el proceso de expropiación de la compañía, como así también posibles hechos de corrupción.
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