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Informe N°145 de la JGM: Defensa afirma que las Fuerzas Armadas operan como apoyo en las fronteras sin asumir funciones policiales 

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Créditos: Argentina.gob.ar.

Con la presentación del Informe N°145 de la Jefatura de Gabinete de Ministros (JGM) ante la Cámara de Diputados de la Nación, el día de ayer, el Ministerio de Defensa ha buscado esclarecer las dudas e inquietudes de los legisladores acerca del despliegue de las Fuerzas Armadas (FF.AA) en la frontera, en el marco de la Operación Roca. Frente a ello, el Ministerio de Defensa ha afirmado que las Fuerzas Armadas operan como apoyo complementario en las fronteras sin asumir funciones policiales. 

El tema había sido motivo de consulta por parte de varios legisladores. En este escenario, Defensa afirma que las FF.AA cumplen tareas de apoyo en las zonas de frontera, sin asumir funciones policiales, que corresponden a la Seguridad Interior y las Fuerzas de Seguridad Federales. El tema surge como resultado del despliegue operativo del personal militar en la frontera norte, en el marco de la Operación “Julio Argentino Roca”, oficializada el año pasado. 

Fuerzas Armadas (FF.AA)
Con la presentación del Informe N°145 de la Jefatura de Gabinete de Ministros (JGM) ante la Cámara de Diputados de la Nación, el Ministerio de Defensa ha buscado esclarecer las dudas e inquietudes de los legisladores acerca del despliegue de las Fuerzas Armadas (FF.AA) en la frontera, en el marco de la Operación Roca. Créditos: El Cronista.

En el marco del Informe N°145 de la Jefatura de Gabinete de Ministros, Defensa afirmó que la Operación Roca no asigna funciones policiales a las Fuerzas Armadas, que no reemplazan, en lo absoluto, ni supone la suplantación de las Fuerzas de Seguridad en las zonas fronterizas que se buscan custodiar y vigilar. De hecho, desde la cartera que conduce el Teniente General Carlos Presti explican que, en el marco de la operación, las Fuerzas Armadas operan como apoyo complementario en las zonas de seguridad de la frontera argentina. 

La Operación Roca supone, más bien, en palabras oficiales, “un despliegue de vigilancia y control en zonas de seguridad de fronteras, con carácter complementario y de apoyo, coordinado entre el Ministerio de Defensa y el Ministerio de Seguridad Nacional”. Consultado sobre la legalidad del despliegue operativo en el marco de la Pregunta N°1061, el Ministerio de Defensa explicó que el mismo se sustenta en el marco jurídico interno vigente (Ley de Defensa Nacional, Ley de Seguridad Interior, Decreto-Ley 15.385/44, Decreto 253/2018 y Decreto Reglamentario 1112/24). 

Este último, de hecho, habilita a las FF.AA a brindar apoyo logístico al Sistema de Seguridad Interior y adoptar las medidas que resulten necesarias para intensificar las tareas de vigilancia y control en zonas fronterizas, ante las necesidades del propio sistema, según se explica en el documento oficial. Por ende, Defensa señala que la operación “se encuadra en el marco legal vigente como una acción de apoyo en áreas de frontera, sin desnaturalizar la distinción entre defensa nacional y seguridad interior”. 

Defensa afirmó que la Operación Roca no asigna funciones policiales a las Fuerzas Armadas, que no reemplazan, en lo absoluto, ni supone la suplantación de las Fuerzas de Seguridad en las zonas fronterizas. Créditos: Ministerio de Defensa.

¿Reformas para Defensa Nacional y Seguridad Interior?

Vinculado al tema, el Ejecutivo fue consultado sobre las especulaciones que existen en torno a posibles reformas para la Defensa Nacional y la Seguridad Interior. Frente a un escenario doméstico en el que se le suele adjudicar el interés de que las Fuerzas Armadas intervengan en la lucha contra amenazas transnacionales y no estatales, los legisladores consultaron la posibilidad de que el gobierno tenga proyectos para reformar las leyes de Defensa Nacional y Seguridad Interior. 

De hecho, en el marco de las Preguntas N°500 y 517, Defensa explicó que el accionar de las Fuerzas Armadas se determina por el origen externo de la amenaza o la agresión. Frente a esta concepción, el origen externo puede corresponder tanto de Fuerzas Armadas de un Estado extranjero, como así también de organizaciones terroristas o de carácter transnacional, conforme a lo que determina el Decreto N°1112/2024, ejecutado por la administración libertaria. 

Defensa y Seguridad negaron la existencia de proyectos de reformas del ordenamiento jurídico de la Defensa Nacional y la Seguridad Interior en la Argentina, para permitir la intervención militar en tareas de Seguridad Interior. Créditos: Zona Militar.

Sin embargo, en el marco del informe de gestión, Defensa y Seguridad negaron la existencia de proyectos de reformas del ordenamiento jurídico de la Defensa Nacional y la Seguridad Interior en la Argentina, para permitir la intervención militar en tareas de Seguridad Interior, vinculadas, especialmente, a las amenazas no estatales como el narcotráfico y el crimen organizado, entre otras. En respuesta a la Pregunta N°1425, informaron que no se encuentra en tratamiento ni elaboración proyecto alguno de reforma sobre la Ley de Seguridad Interior o la Ley de Defensa Nacional, a efectos de las que Fuerzas Armadas intervengan en tareas de Seguridad Interior.

Así también se explicó que, la participación de la Argentina en la Conferencia de las Américas contra los Carteles, en Florida (Estados Unidos), y la declaración firmada no implican la participación de las Fuerzas Armadas Argentinas en tareas vinculadas a la lucha contra el narcotráfico u otro tipo de tarea de Seguridad Interior. La declaración no modifica el ordenamiento ni el marco jurídico vigente, en materia de Defensa y Seguridad, explicaron desde el Ministerio de Defensa, y supone, de hecho, una instancia normal de cooperación en defensa y seguridad internacional. De este modo, el Ejecutivo descartó reformas integrales para la Defensa y la Seguridad, y afirmó que el despliegue militar en las fronteras representa apoyo complementario sin suponer, de ninguna manera, funciones policiales generales para las Fuerzas Armadas. 

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