¿Por qué se habla del “desarme” del Plan Gas.Ar?

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El desarme anticipado del Plan Gas.Ar sumó un nuevo capítulo con la Resolución 606/2025 de la Secretaría de Energía, firmada el 26 de diciembre. La medida habilita un mecanismo de adhesión voluntaria para que las empresas productoras reordenen sus contratos y, en los hechos, avancen hacia una salida gradual de Energía Argentina S.A. (EA) como compradora e intermediaria en el esquema diseñado para sostener inversión, producción y abastecimiento con horizonte 2028/2029.

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El movimiento tiene una lectura económica y otra política. Por un lado, busca reducir la intermediación estatal y normalizar relaciones contractuales entre privados, con el objetivo de que el precio del gas en el PIST tienda a formarse cada vez más por oferta y demanda. Por el otro, funciona como señal de que el Plan Gas.Ar —tal como fue concebido— entra en su fase final, en un contexto donde el Gobierno también empuja la privatización total de EA, lo que vuelve incompatible su rol como contraparte central.

El punto central de la Resolución 606 es la cesión de los contratos de compraventa actualmente firmados entre productores y EA. La instrucción es que esos contratos se transfieran a distribuidoras, subdistribuidoras, generadores o CAMMESA, según el destino de los volúmenes adjudicados, para que EA deje de ocupar el lugar de compradora central y administradora del flujo contractual.

Adhesión voluntaria, con incentivos financieros y menos exigencias

Aunque el mecanismo no es compulsivo, la Resolución 606 despliega incentivos claros para acelerar la adhesión. El primero es una reducción de la carga regulatoria: quienes ingresen al nuevo esquema quedan relevados de reportes periódicos auditados sobre avances del plan de inversiones, manteniéndose la posibilidad de requerimientos puntuales, pero sin el esquema sistemático de control que caracterizó al Plan Gas.Ar.

El segundo incentivo es operativo: se flexibiliza el compromiso de inyección al eliminar, para adherentes, un coeficiente que endurecía el cálculo del cumplimiento sobre la curva de producción. El tercer incentivo es el más tangible en caja: el pago provisorio de la compensación estatal pasa a cubrir 90% del monto calculado en base a declaraciones juradas, sin certificaciones previas, lo que implica un adelanto financiero mayor para productoras.

El rediseño contractual no elimina de inmediato el esquema de compensaciones, ya que el Estado sigue cubriendo la porción del precio del gas en el PIST que hoy asume bajo el mecanismo vigente. En otras palabras, cambia la forma de instrumentación (quién firma con quién y cómo se administra el contrato), pero la arquitectura de pagos se mantiene por un tiempo, con el objetivo de evitar saltos desordenados en el abastecimiento y en la demanda prioritaria.

Hacia 2026, el efecto real de la Resolución 606 quedará atado a tres variables: producción, inversión y costo fiscal. El Gobierno apuesta a una transición “ordenada” hacia un mercado con menos administración estatal directa, pero con un esquema de compensaciones que todavía juega para sostener el servicio en segmentos sensibles.

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Redacción El Estratégico
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