El día de la fecha, se ha dado a conocer la oficialización de nuevos cambios y modificaciones para la Prefectura Naval Argentina (PNA), a través de una serie de disposiciones, que fueron publicadas en el Boletín Oficial. De este modo, el Prefecto Nacional Naval aprobó dos volantes rectificativos y una ordenanza que introducen modificaciones en el Tomo 1 “Régimen Técnico del Buque” y el Tomo 2 “Régimen Administrativo del Buque”.
A través de la Disposición N°1474/2025, el Prefecto Nacional Naval aprobó el Volante Rectificativo N°1-2025 a la Ordenanza N° 3-01 del Tomo 1 “Régimen Técnico del Buque”, que se tituló como “Aprobación y mantenimiento de dispositivos y medios de salvamento”, estableciendo nuevas pautas operativas para la seguridad de la navegación y el control de las embarcaciones en aguas jurisdiccionales, con el objetivo de reforzar las normas y medidas de seguridad, inspección y control de las embarcaciones.
Cabe recordar que, el Régimen de la Navegación Marítima, Fluvial y Lacustre (REGINAVE), que fue aprobado a través del Decreto Nº37/2025, introdujo significativas modificaciones en los procedimientos de reconocimiento de equipos, materiales y dispositivos instalados a bordo de los buques. De este modo, la disposición considera que resulta necesario adecuar y actualizar la normativa nacional, “mediante la emisión de un Volante Rectificativo a la Ordenanza N° 3-01 del Tomo 1 “Régimen Técnico del Buque”, a fin de ajustar el texto normativo e incorporar la aceptación de certificados emitidos por Sociedades de Clasificación que sean miembros de la Asociación Internacional de Sociedades de Clasificación (IACS)”.
Nuevos requisitos para el registro de empresas
En esta misma línea, la Prefectura Naval Argentina aprobó la Ordenanza N°4-25 del Tomo 2 “Régimen Administrativo del Buque”, titulada “Requisitos para el registro de Empresas”, por medio de la Disposición N°1475/2025. La incorporación de esta nueva norma, que busca establecer nuevos requisitos para el registro de empresas y compañías de la industria naval, contempla la derogación de la Ordenanza Nº6/94, que determinaba las normas vigentes “para la inscripción y reinscripción de las empresas y establecimientos de la industria naval, subsidiarias de la industria naval y las dedicadas a la fabricación, el mantenimiento y/o la reparación del equipo de los buques, relacionadas estrictamente con la seguridad de la navegación, de la vida humana en las aguas, el transporte de mercancías peligrosas y la prevención de la contaminación”.
La Prefectura elaboró una serie de nuevos requisitos para el registro de empresas de la industria, en concordancia con el nuevo y flamante Régimen de la Navegación Marítima, Fluvial y Lacustre, aprobado por medio del Decreto 37/2025, con el objetivo de adaptar y adecuar los requisitos y procedimientos a las circunstancias y exigencias, actuales, de la industria naval. Por lo que, se solicitó la derogación de la ordenanza vigente y se presentó el proyecto, que sería aprobado, por el Prefecto Nacional Naval, por medio de la Disposición 1475/2025, publicada en el Boletín Oficial, el día de la fecha.
La norma especifica, de hecho, que “la actualización del régimen normativo responde a la exigencia de contar con un marco regulatorio transparente, eficiente y acorde a las demandas contemporáneas, integrando procesos digitales y automatizados que simplifiquen la presentación de trámites a través del sitio web oficial, lo que acorta los tiempos y disminuye la carga burocrática”.
Nuevo marco normativo para la aprobación y el mantenimiento del equipo de seguridad del buque
En tercer lugar, la Prefectura Naval aprobó el Volante Rectificativo N°1-2025 a la Ordenanza N°6-14 del Tomo 1 “Régimen Técnico del Buque”, que se titula “Normas para la aprobación y mantenimiento del equipo de seguridad del buque”, a través de la Disposición N°1476/2025. Esta tiene por objeto establecer y determinar las normas y procedimientos técnicos para la aprobación y el mantenimiento del equipo de seguridad de los buques, incluyendo “los ensayos operativos requeridos para certificar su funcionamiento y las condiciones de su instalación conforme a los estándares del Comité de Seguridad Marítima Internacional”, considerando que el REGINAVE ha incorporado modificaciones sustanciales en los procedimientos de reconocimiento, certificación y aprobación de los equipos de seguridad a bordo de los buques.
Precisamente, en función de ello, el Prefecto Nacional Naval considera que resulta procedente adecuar y actualizar la normativa técnica nacional vigente, mediante la emisión del presente volante rectificativo, a fin de “ajustar el texto normativo e incorporar la aceptación de certificados emitidos por Sociedades de Clasificación que sean miembros de la Asociación Internacional de Sociedades de Clasificación (IACS)”. Asimismo, se incorporarán nuevas definiciones técnicas, específicas, y se reformularán los textos más relevantes, con el objetivo de optimizar su comprensión, claridad y precisión.
De este modo, la Prefectura Naval Argentina oficializó la incorporación de un nuevo marco normativo, con pautas operativas para la seguridad de la navegación y el control de las embarcaciones en aguas jurisdiccionales; requisitos para el registro de empresas de la industria naval; y normas y procedimientos técnicos para la aprobación y el mantenimiento del equipo de seguridad de los buques, a través de tres disposiciones, publicadas en el Boletín Oficial, el día de la fecha, que apuntan a mejorar, fortalecer y reforzar las medidas de seguridad y control de la Prefectura Naval, en el marco de sus funciones y tareas diarias.
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