Se presenta un proyecto de ley para regular el uso de la fuerza militar en tareas de seguridad interior

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En las últimas horas, se ha dado a conocer que se presentó un proyecto de ley en la Cámara de Diputados que busca regular el uso de la fuerza militar en tareas y operaciones de seguridad interior. El proyecto titulado “Ley de Normas para el Empeñamiento de la Fuerza Militar” fue presentado por el Diputado Miguel Ángel Pichetto y el Diputado Oscar Agost Carreño de Encuentro Federal.

La norma busca establecer un marco legal que regule claramente el dictado de las Reglas de Empeñamiento, por parte del Poder Ejecutivo Nacional, para el empleo y la intervención de las Fuerzas Armadas en operaciones dentro del territorio nacional. En este sentido, detalla la naturaleza de las Reglas de Empleo de la Fuerza, donde el Presidente de la Nación, en su carácter de Comandante en Jefe de las Fuerzas Armadas, será quien dictará, en forma indelegable, las Reglas de Empeñamiento. El proyecto contempla el objeto, alcance y naturaleza de la ley, en sus disposiciones generales, resaltando su carácter vinculante y la necesidad de difundir, capacitar, entrenar y aplicar las Reglas de Empeñamiento, por parte del personal militar. 

Miguel Ángel Pichetto y Oscar Agost Carreño, de Encuentro Federal, fueron los dos diputados que presentaron el mencionado proyecto de ley para regular el uso de la fuerza militar en operaciones y tareas de seguridad interior.

De esta manera, el proyecto de ley busca establecer el marco legal adecuado para el empleo de la fuerza militar, en operaciones dentro del territorio nacional, marcando la diferencia entre el empeñamiento y el uso de la fuerza. Por ello es que, el contenido de la norma presentada a la Cámara de Diputados debe ser interpretado, en base a las definiciones del glosario que integra la presente ley. A la vez, el proyecto contempla una serie de principios rectores para la aplicación de la “Ley de Normas para el Empeñamiento de la Fuerza Militar”; como así también las reglas para el empleo de la fuerza, detallando aquellas situaciones que lo determinan, precisamente, en un intento de regular dicho uso, y las acciones contempladas para su empleo. 

El proyecto contempla que el personal militar podrá hacer uso de la fuerza, al participar de operaciones militares, en tres ocasiones: en cumplimiento de la misión asignada por la superioridad; cuando se produzca un acto de hostilidad en el territorio nacional; y cuando se disponga de información fehaciente de que se está configurando una acción, con una revelada intención hostil, en el territorio nacional. Se establece que, para regular el uso de la fuerza militar en operaciones bajo jurisdicción nacional, las Fuerzas Armadas dispondrán de información proporcionada por la Dirección de Inteligencia Estratégica Militar del Ministerio de Defensa y otros organismos de inteligencia que integran el Sistema de Inteligencia Nacional. A la vez, la ley contempla la creación de una Unidad Técnica Consultiva, en el ámbito del Ministerio de Defensa que estará integrada por oficiales superiores de las Fuerzas Armadas, del Cuerpo de Comando y del Servicio de Justicia, en situación de retiro. 

Créditos: NA.

El proyecto de ley, en cuestión, busca determinar y regular el uso de la fuerza militar en tareas de seguridad interior, para “situaciones excepcionales y cuando resultan estrictamente necesario, una vez que se compruebe que las Fuerzas de Seguridad Federales no están en condiciones de garantizar la seguridad dentro del territorio nacional, conforme a lo establece la Ley de Seguridad Interior N.º 24.059”. La participación de las Fuerzas Armadas en misiones y operaciones de seguridad interior implica una clara desvinculación, temporal, de su misión principal. Precisamente, por ello, el proyecto contempla que el empleo de las Fuerzas Armadas para tareas de seguridad interior debe ser acotado, en tiempo y espacio, a fin de “preservar la eficacia del instrumento militar en su función principal y evitar su desgaste en tareas que no le son propias”. 

Créditos: Zona Militar.

De esta manera, el proyecto presentado por el Diputado Pichetto y el Diputado Agost Carreño delimita el marco legal, la naturaleza, los alcances, los principios rectores, la finalidad del empleo de la fuerza, las situaciones que lo demandan, las acciones contempladas para ello, las excepciones y la utilización del Sistema de Inteligencia Nacional para nutrirse de información estratégica. A la vez, se determina la creación de una Unidad Técnica Jurídica, que asistirá con informes, recomendaciones y estudios, y se dispone la protección jurídica de todo el personal militar, para los supuestos en que se iniciara una causa judicial o administrativa por su accionar, en base a esta ley, que busca, ni más ni menos, que regular el empleo de la fuerza militar en tareas de seguridad interior y marcar su diferencia de las Reglas de Empeñamiento.

De acuerdo a los diputados mencionados, la sanción de esta ley resulta necesaria y menester, para que “conteniendo las Reglas de Empeñamiento Permanentes para uso de la fuerza militar, en misiones de cualquier modalidad, en materia seguridad interior, a fin de adiestrar adecuadamente a las tropas para evitar que, durante las operaciones militares que resulte necesario ejecutar, se eviten acciones que resulten contrarias al derecho internacional”. Como así también, para que “disminuya la posibilidad de daños colaterales, involuntarios ya que no se pueden impedir ni prever, y se evite dentro de lo posible de cada situación bajas en la propia fuerza, daños directos y colaterales”.

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Equipo de redacción de El Estratégico

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