El Gobierno creó la Oficina de Bienes Recuperados, en el marco del nuevo Régimen de Bienes Provenientes de Actividad Ilícita

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A través del Decreto N°582/2025, el Gobierno Nacional creó la Oficina de Bienes Recuperados, en el marco del nuevo Régimen de Bienes Provenientes de Actividad Ilícita, anunciado por el Poder Ejecutivo el día de ayer. De acuerdo a la disposición publicada el día de la fecha en el Boletín Oficial, la Oficina de Bienes Recuperados funcionará como un organismo desconcentrado, dependiente del Ministerio de Justicia de la Nación, y actuará como la Autoridad de Aplicación del “Régimen de Conservación, Administración y Disposición de los Bienes Provenientes de Actividad Ilícita Cautelados y Recuperados en los Procesos Penales de Competencia Nacional y Federal y de Extinción de Dominio”, aprobado por el Decreto N°575/2025. 

Créditos: NA.

La norma establece que la Oficina de Bienes Recuperados, que actuará en el marco del nuevo régimen, estará a cargo de un Director Ejecutivo, con rango y jerarquía de Subsecretario. En este sentido, se establece que el Director Ejecutivo será designado y removido por el Poder Ejecutivo Nacional. Entre los requisitos y las condiciones dispuestas, se establece que para el ejercicio de las funciones del cargo de Director Ejecutivo “se requiere contar con nacionalidad argentina, título universitario en Derecho, Ciencias Económicas, Ingeniería, Administración o disciplinas afines”. Así también, “acreditar experiencia en funciones vinculadas a la gestión pública, administración patrimonial o coordinación interinstitucional, con preferencia en ámbitos relacionados con procesos judiciales o patrimoniales”. Asimismo, el Decreto 582/2025 detalla las funciones que tendrá a cargo el Director Ejecutivo de la Oficina, entre las que se destacan la representación, organización, dirección y administración del organismo. 

La nueva Oficina de Bienes Recuperados, creada por el Gobierno Nacional, en el marco del Régimen de Conservación, Administración y Disposición de los Bienes Provenientes de Actividad Ilícita, será, precisamente, la Autoridad de Aplicación del régimen, siendo designada por el Poder Ejecutivo Nacional. De esta manera, entre sus funciones, la Oficina deberá coordinar con el Poder Judicial de la Nación la entrega material de los bienes provenientes de actividad ilícita, cautelados y recuperados, en el marco de los procesos penales tanto de competencia nacional y federal, como de los procesos de extinción de dominio, regulados por el Decreto N°62/2019, y proceder a la guarda y administración de los mismos. A la vez, la Oficina de Bienes Recuperados deberá identificar, registrar, inventariar, valuar, custodiar, conservar y administrar todos los recursos, bienes y activos derivados de tales procesos. 

Créditos: NA.

En cumplimiento del Decreto 575/2025, la Oficina de Bienes Recuperados deberá también coordinar con la Agencia de Administración de Bienes del Estado (AABE) todas las acciones que resulten necesarias para la enajenación o la concesión de los biene cautelados y recuperados, en favor del Estado Nacional, para la explotación comercial de los mismos; y asignar los mismos u otorgar el permiso de su uso precario y gratuito, previa evaluación del Consejo de Bienes Recuperados en Favor del Estado Nacional, que es un órgano colegiado, bajo el ámbito del Ministerio de Justicia, creado también por el Decreto 575/2025, a cargo de la “supervisión, evaluación y toma de decisiones orientadas a la coordinación interinstitucional, la asignación de recursos y el seguimiento de los bienes cautelados y recuperados en favor del ESTADO NACIONAL”. 

Agencia de Administración de Bienes del Estado (AABE). Créditos: NA.

La Oficina de Bienes Recuperados comenzará a funcionar, una vez que entre en vigencia el decreto que le dio creación, para el cual se determinó un plazo de 45 días hábiles administrativos, contados desde su publicación en el Boletín Oficial. El Gobierno consideraba, precisamente, que la administración y conservación de los bienes cautelados y recuperados, en favor del Estado Nacional, requiere de una vasta capacidad institucional, que esté especializada y dotada de herramientas técnicas, operativas y normativas, que resulten adecuadas, para asegurar la gestión eficiente y alineada con los intereses públicos, en el marco de la lucha contra el crimen organizado y ante “la necesidad de contar con una estructura especializada que permita transformar dichos activos en recursos estratégicos para el desarrollo de políticas públicas”. 

Te puede interesar: Qué es el Régimen de Conservación y Administración de Bienes Provenientes de Actividad Ilícita que aprobó el Poder Ejecutivo Nacional 

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Equipo de redacción de El Estratégico

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